A partir del 29 de diciembre de 2022, comenzó a regir la Resolución 975 la cual ACTUALIZA EL SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN Y REGISTRO DE LOS ANIMALES DE LA ESPECIE BOVINA.
En la que se establece obligaciones para ganaderos y ganaderas con objetivo de asegurar la correcta trazabilidad de los bovinos que se negocian en ferias o son faenados en mataderos:
- Todos los bovinos presentes en el territorio nacional deben tener aplicado el DIIO y deben estar registrados en el Sistema de Información Pecuaria Oficial.
- El DIIO debe ser aplicado y registrado en el Sistema de Información Pecuaria Oficial, a todo bovino.
- El DIIO deberá permanecer en el bovino durante toda su vida.
- Para realizar este registro debe acercarse a cualquier oficina SAG de la región, con los antecedentes de los animales identificados (N° arete, raza, sexo, fecha de nacimiento).
- Los animales deben contar al menos con el componente ‘botón’ del arete, en el caso de aretes con radio frecuencia. Esto con el fin que las ferias y matadero realicen la lectura electrónica del identificador. En caso que aún tengan aretes visuales, deberán tener ambos componentes, la paleta y el botón.
- La venta de DIIO solo podrá efectuarse a RUT de titulares de establecimientos vigentes, en el que todos los RUP asociados a ese RUT, estén con Declaración de Existencia Animal (DEA) vigente.
Finalmente, Valeria Carrasco Sáez, directora (s) regional SAG, indicó “que es importante contar con la Declaración de Existencia Animal del año 2022 y si aún no la ha realizado debe dirigirse a cualquier oficina del Servicio, lo mismo si existen dudas o consultas respecto a la Resolución 975/2022”.